La Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana ha sido condenada a indemnizar a los hijos de un hombre que falleció en el Hospital General de Castelló. La compensación asciende a 34.600 euros. Esta decisión judicial se basa en un error médico durante la colocación de una sonda nasogástrica, lo que provocó la muerte del paciente por un carcinoma. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha ratificado la sentencia inicial del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Castelló.
El caso resalta la importancia de la correcta aplicación de los protocolos médicos. La familia del fallecido presentó una reclamación por responsabilidad patrimonial. Argumentaron que el diagnóstico tardío del cáncer fue consecuencia directa de una negligencia en el procedimiento médico. Este fallo subraya la necesidad de una atención sanitaria que garantice la seguridad del paciente.
Puntos Clave
- La Conselleria de Sanidad indemnizará con 34.600 euros a los hijos del fallecido.
- La muerte se debió a un carcinoma detectado tardíamente por una sonda mal colocada.
- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sentencia.
- La familia reclamó por responsabilidad patrimonial debido a negligencia médica.
Detalles del Ingreso Hospitalario y el Diagnóstico
El paciente, un hombre de 62 años, ingresó en el Hospital General de Castelló el 25 de septiembre de 2017. Su ingreso se produjo debido a una hemorragia digestiva alta y un síndrome confusional. El equipo médico decidió colocarle una sonda nasogástrica. Este procedimiento es común en casos de hemorragia digestiva.
Durante la colocación de la sonda, se produjo un incidente. La sonda no se introdujo correctamente en el esófago y el estómago. En su lugar, se desvió hacia los bronquios, perforando el pulmón derecho. Esta perforación pulmonar es una complicación grave y poco frecuente.
Dato Relevante
La perforación pulmonar por una sonda nasogástrica es un evento adverso que ocurre en aproximadamente 0.3% a 1.5% de los procedimientos, aunque puede tener consecuencias fatales si no se detecta a tiempo.
La complicación requirió la retirada inmediata de la sonda y la colocación de un tubo de tórax para drenar el neumotórax. Este incidente fue el punto de partida de la cadena de eventos que llevó a la reclamación judicial.
El Origen del Carcinoma y el Retraso Diagnóstico
Tras el incidente con la sonda, el paciente fue sometido a varias pruebas. Una de ellas fue una tomografía axial computarizada (TAC) de tórax. Este estudio reveló la presencia de una masa en el pulmón derecho. Los médicos inicialmente interpretaron esta masa como un absceso pulmonar, una complicación de la perforación.
Sin embargo, la masa pulmonar no era un absceso. Era un carcinoma epidermoide de pulmón. Este tipo de cáncer es agresivo y requiere un diagnóstico y tratamiento tempranos. El error en la interpretación inicial del TAC significó un retraso crucial en el diagnóstico del cáncer.
"El retraso en el diagnóstico de un carcinoma puede reducir significativamente las opciones de tratamiento y la supervivencia del paciente", afirmó el perito médico durante el juicio.
El diagnóstico correcto de carcinoma se estableció casi un mes después del incidente de la sonda. Esto ocurrió el 23 de octubre de 2017. El paciente fue dado de alta el 24 de octubre de 2017, pero su estado de salud continuó deteriorándose rápidamente. Falleció el 28 de noviembre de 2017.
Argumentos de la Familia y la Sentencia Judicial
Los hijos del paciente presentaron una reclamación por responsabilidad patrimonial. Argumentaron que la incorrecta colocación de la sonda causó la perforación pulmonar. Además, señalaron que la complicación obligó a realizar pruebas que, aunque revelaron la masa, no fueron interpretadas correctamente a tiempo. Este retraso, según la familia, impidió un tratamiento adecuado para el cáncer.
La defensa de la Conselleria de Sanidad argumentó que la perforación de la tráquea y el esófago es una complicación conocida de la colocación de sondas nasogástricas. También defendieron que la masa pulmonar no tenía relación causal con la colocación de la sonda. Según la Conselleria, la masa ya existía y su detección fue incidental.
Contexto Legal
La responsabilidad patrimonial de la administración sanitaria se establece cuando existe un daño antijurídico (que el ciudadano no tiene obligación de soportar) y una relación de causalidad entre la actuación del servicio público y el daño sufrido.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Castelló falló a favor de la familia. La sentencia estableció una indemnización de 34.600 euros. El juzgado consideró que, aunque la perforación no causó el cáncer, sí generó un retraso en su diagnóstico. Este retraso disminuyó las posibilidades de supervivencia del paciente.
La sentencia destacó que la falta de un diagnóstico temprano del cáncer constituyó una pérdida de oportunidad terapéutica. Este concepto es clave en la jurisprudencia de negligencias médicas. Se refiere a la privación de una posibilidad real de mejora o curación debido a un error médico.
Confirmación por el Tribunal Superior de Justicia
La Conselleria de Sanidad apeló la sentencia inicial. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) desestimó el recurso. El TSJCV confirmó la decisión del juzgado de primera instancia. La sentencia del TSJCV reitera que hubo un nexo causal entre la incorrecta actuación médica y el retraso en el diagnóstico del cáncer.
El tribunal señaló que la perforación pulmonar, aunque fue una complicación del procedimiento, llevó a la realización de un TAC. Este TAC mostró la masa pulmonar. La interpretación errónea de esta masa como un absceso, en lugar de un carcinoma, fue el factor determinante del retraso.
- Septiembre 2017: Ingreso del paciente y colocación incorrecta de sonda.
- Octubre 2017: Detección de masa pulmonar, interpretada inicialmente como absceso.
- Finales de octubre 2017: Diagnóstico definitivo de carcinoma.
- Noviembre 2017: Fallecimiento del paciente.
La sala de lo contencioso-administrativo del TSJCV concluyó que el servicio sanitario no actuó con la diligencia debida. La no detección precoz del cáncer, que se encontraba en una fase avanzada, privó al paciente de la oportunidad de recibir un tratamiento que podría haber prolongado su vida o mejorado su calidad.
Esta decisión judicial refuerza la importancia de la vigilancia en los procedimientos médicos. También subraya la obligación de los profesionales de la salud de interpretar correctamente los resultados de las pruebas diagnósticas. El caso sirve como recordatorio de que los errores en la atención sanitaria pueden tener consecuencias fatales y generar responsabilidades legales para la administración.
Estadísticas de Negligencias
Según datos recientes, los errores de diagnóstico representan una proporción significativa de las reclamaciones por negligencia médica, con una estimación de que hasta 1 de cada 20 adultos sufre un error diagnóstico anualmente.
La indemnización, aunque no puede restaurar la vida del paciente, busca compensar a los familiares por el daño moral y la pérdida de oportunidad. Este tipo de sentencias contribuye a una mayor exigencia en la calidad de la atención médica en el sistema público.



